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​​​​​​​​​​​Cheques​​

Este servicio entró en operación en abril de 1997. Está diseñado para que las entidades financieras puedan realizar el cobro de los cheques recibidos de sus clientes, pero girados contra otras entidades. 

Los fondos relativos a los cheques enviados al cobro en un día en particular quedarán acreditados en las cuentas de los beneficiarios, a más tardar a las 12 medio día del día hábil siguiente, plazo en el que las entidades financieras están obligadas a cumplir, dado que se encuentra regulado en el cuerpo normativo de este servicio. 

En la actualidad, todas las entidades financieras emisoras de cheques del país  realizan por medio de este servicio, la gestión de cobro y el pago de los documentos que reciben de sus clientes.

Oportunidades de uso del servicio

Cuando una persona física o jurídica recibe un cheque, tiene dos posibilidades para obtener sus fondos:

   • La primera alternativa es  presentarse a la entidad financiera emisora del cheque y solicitar su pago, ante lo cual la entidad entregará el dinero en efectivo y el cliente deberá asumir el riesgo que implica el traslado de éste. 

   • La segunda opción es depositar el cheque en la entidad financiera donde mantiene su cuenta.  En caso que sea la misma entidad contra la que se giró el cheque, el mismo día del depósito el cliente contará en su cuenta con el respectivo crédito. Contrariamente, si el cheque pertenece a una entidad diferente a la suya, la entidad que lo recibe en depósito lo enviará a cobro mediante este servicio y los fondos deberán ser acreditados, a más tardar, a las 12:00 p.m. del día hábil siguiente.

Ventajas

Para la persona física o jurídica que realiza la gestión de cobro:

   • Regulación del plazo para que su entidad financiera le realice el crédito a su cuenta.​

   • Posibilidad de presentar el reclamo ante su entidad, en los casos en que se presente un incumplimiento del plazo de acreditación de fondos. Cuando ésta no pueda resolver el reclamo, el cliente afectado podrá recurrir ante el Banco Central de Costa Rica. También podrá efectuar una reclamación cuando su entidad financiera, del todo, no haya acreditado los fondos en su cuenta [más información]​

   • Mejora en su gestión de cobro, dado que recibe información oportuna respecto de los valores que no pudieron ser cobrados, lo cual le permite gestionar nuevamente los cobros correspondientes.

   • Disminución de riesgos al no tener que trasladar dinero en efectivo de una entidad a otra, para hacer el depósito en su cuenta.

Horario

El servicio Compensación y Liquidación de Cheques opera de lunes a viernes, con excepción de los días feriados decretados por el Gobierno, en un ciclo de dos días hábiles. Esto significa que toda gestión de cobro realizada por una entidad financiera, en un día en particular, permitirá al beneficiario disponer en su cuenta de los fondos producto de esa operación, a más tardar al  mediodía del día hábil siguiente.​


 

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