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  • Fondo de Garantía de Depositos

​¿Qué es el Fondo de Garantía de Depósitos?

Definición:

Es un fondo creado por la Ley No 9816, Ley de creación del fondo de garantía de depósito y de mecanismos de resolución de los intermediarios financieros, para garantizar hasta un máximo de ₡6.000.000,00 los depósitos que las personas físicas y jurídicas mantengan en los intermediarios financieros supervisados por la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), a excepción del Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi) y de las mutuales de ahorro y préstamo.

El objetivo de esta ley es fortalecer la red de seguridad financiera del sistema financiero nacional; y con la creación del fondo se pretende proteger a los depositantes y ahorrantes más vulnerables, menos sofisticados y pequeños.

Gobernanza:

El fondo de garantía de depósitos se crea como un patrimonio autónomo, corresponde al Banco Central de Costa Rica la administración  del fondo y la emisión de su reglamentación técnica al Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif).

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