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​​​​​Cuentas de Valores​​

En el mercado bursátil costarricense circulan valores representados físicamente y valores anotados en cuenta. Estos últimos son aquellos en los que su representación se realiza mediante registros electrónicos.

Niveles

La Ley Reguladora del Mercado de Valores (No. 7732), establece en el artículo 117 que el registro contable de los valores anotados en cuenta se lleva en dos niveles: 

El primer nivel: constituido por las entidades miembro del Sistema Nacional de Registro de Anotaciones en Cuenta, que son: 

  •    • El BCCR, como responsable de administrar el registro de las emisiones del Estado y las instituciones públicas, siendo esta una función que puede delegar total o parcialmente en otra entidad miembro. 

  •    • Las Centrales de Valores autorizadas por la Superintendencia General de Valores (SUGEVAL), como responsables de administrar el registro de las emisiones privadas. 

El segundo nivel: constituido por las entidades adheridas al Sistema Nacional de Registro de Anotaciones en Cuenta, que pueden ser las entidades autorizadas a prestar los servicios de custodia, y los miembros liquidadores del Sistema Nacional de Compensación y Liquidación de Valores, cuando cumplan con los requisitos especiales que la SUGEVAL les establezca para adherirse. 

Las emisiones de valores anotados en cuenta deben estar inscritas en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios (RNVI), administrado por la SUGEVAL.  Conforme con el artículo 3 de la Ley 7732, deben inscribirse  en este registro todas las personas físicas o jurídicas que participen directa o indirectamente en los mercados de valores (salvo los inversionistas), los actos y contratos referentes a estos mercados, y las emisiones de valores de las cuales se realice oferta pública. Para llevar el registro de la deuda pública anotada el BCCR desarrolló el servicio ACV, en el cual participan las entidades que pueden adherirse al primer nivel del Sistema Nacional de Registro de Anotaciones en Cuenta. Los emisores de deuda pública también pueden participar en el servicio pero únicamente para consultar la información agregada de su deuda en circulación.  

Cuentas

El servicio CDV administra dos tipos de cuentas: 

  •    • Cuentas propias: cuentas que mantienen las entidades adheridas para registrar valores propios.

  •    • Cuentas a terceros: cuentas que administran las entidades adheridas para registrar valores de sus clientes.  Cada entidad puede disponer de un número indefinido de cuentas, las cuales deben estar plenamente identificadas con el nombre y el número de identificación de los inversionistas.

Actividades

Los participantes pueden realizar en el servicio CDV las siguientes actividades:

   • Administración de cuentas de valores: incluir, editar y cerrar cuentas de valores de terceros.

   • Estado de cuenta: visualizar los movimientos de su cuenta propia y de las cuentas de terceros que administren.

   • Pignoración de valores: pignorar los valores depositados en las cuentas de terceros, ya sea porque sobre ellos pese algún gravamen o porque hayan sido dados en garantía por su titular.