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​​​​Otros Valores​​

El servicio Compensación de Otros Valores, en operación desde marzo de 2002, está diseñado para que las entidades financieras puedan realizar el cobro de documentos y valores distintos a los cheques, ya sea por cuenta propia o de sus clientes. 

Los fondos de los documentos enviados a cobro en un día en particular quedarán acreditados en las cuentas de los beneficiarios a más tardar a las 12:00 medio día  del día hábil siguiente, plazo establecido de obligatoriedad en el cuerpo normativo de este servicio. Esto se constituye en uno de los elementos más importantes del establecimiento de este servicio, ya que, debido a ello, los clientes pueden disponer de sus fondos en el plazo establecido y ya no en el que cada entidad considere pertinente. 

El servicio provee información de los documentos cuyo cobro no se haya podido realizar, de manera que el cliente pueda tramitar las gestiones pertinentes, a fin de efectuar su cobro nuevamente, ya sea por medio del servicio, o bien, mediante otra instancia, de acuerdo a la naturaleza jurídica de éste.

Oportunidades de uso del servicio

El servicio Compensación de Otros Valores puede ser utilizado cuando una entidad financiera requiera, en nombre suyo o de algún cliente, enviar al cobro documentos y valores que han sido emitidos por otra entidad financiera, como: Certificados de Depósito a Plazo, cupones y todo documento valor distinto al cheque.

Ventajas

   • Regulación del plazo para que la entidad financiera realice el crédito a la cuenta de su cliente.

   • Posibilidad para el cliente de presentar un reclamo ante su entidad por incumplimiento del plazo en la acreditación de los fondos y en caso de que ésta no resuelva, ante el Banco Central de Costa Rica.

   • Mejora en la gestión de cobro, dado que el cliente recibe información inmediata sobre los valores que no pudieron ser cobrados. Esta le permite regestionarlos según corresponda.

Ejemplo de aplicación

Una persona física o jurídica que mantiene sus cuentas en una Entidad A recibe como pago algunos Certificados de Depósito a Plazo con sus cupones, los cuales fueron emitidos por una Entidad B y los deposita en su entidad. Esta, al final del primer día del ciclo de operación del servicio, prepara el cobro de éstos y los envía a la Entidad B, quien le indica si pueden o no ser pagados. 

De no existir problema alguno, el servicio entrega los fondos a la Entidad A para que ésta, a su vez, los acredite en la cuenta de su cliente dentro del horario establecido para ello.  Si, por el contrario, se presentara algún inconveniente que produjera un rechazo del cobro por parte de la Entidad B, la Entidad A deberá informar a su cliente sobre la situación presentada.


 

Horario

El servicio Compensación de Otros Valores opera de lunes a viernes, a excepción de los días feriados decretados por el Gobierno, en un ciclo de T + 1. Esto significa que toda gestión de cobro realizada por una entidad financiera, en un día en particular, permitirá disponer, en la cuenta del beneficiario, de los fondos producto de esa operación, a más tardar, a las 12 medio día,  del día hábil siguiente.

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